por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 2014-04-21
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República se trasladará el día 21 de abril de presente año a partir de las 9:00 horas a la Ciudad de México D.F., México, donde participará en el homenaje póstumo en el Palacio de Bellas Artes al escritor Gabriel García Márquez.

Que el regreso se realizará el día 21 de abril de 2014, en horas de la noche.

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro del Interior, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario.

DECRETA:

Artículo. 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior, doctor Aurelio Iragorri Valencia, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición, modifica y adiciona el Decreto número 079 del 17 de enero de 2014.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de abril de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.