por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto 475 del 16 de marzo de 1988
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º El artículo 1º del Decreto número 475 de fecha 16 de marzo de 1988, quedará así:
Artículo 1ºA partir del 1º de abril de 1988, suprímense en el servicio exterior los siguientes cargos:
Un (1) Secretario en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, con una asignación básica mensual de un mil setecientos sesenta y tres dólares con 84/100 MD. (US$ 1.763.84), ocupado actualmente por la señora Cecilia Piedrahita de Rodríguez Garavito.
Un (1) Canciller 10 PA en el Consulado de Colombia en Washington -Estados Unidos de América-, con una asignación básica mensual de un mil cuatrocientos setenta y un dólares con 66/100 MD. (US$ 1.471.66), ocupado actualmente por la señorita María Victoria Isaza Villa.
Un (1) Auxiliar Administrativo 4 PA en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Países Bajos, con una asignación básica mensual de setecientos treinta y cinco dólares con 83/100 MD. (US$ 735.83), ocupado actualmente por el señor Rodolfo Marinacci.
Artículo 2º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 26 de abril de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcon Mantilla.
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