por el cual se crea la Comisión para el Estudio de la Reforma de los Partidos Políticos

Rango Decreto
Publicación 1995-05-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el artículo 1º del Decreto-ley 1050 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1º. Créase la Comisión para el Estudio de la Reforma de los Partidos Políticos, adscrita al Ministerio de Gobierno, como organismo asesor del Gobierno Nacional.
Artículo 2º.Composición. La Comisión para el Estudio de la Reforma de los Partidos Políticos estará integrada por:

El Ministro de Gobierno, quien la presidirá.

Carlos Arturo Angel.

Juan Guillermo Angel.

Jaime Arias Ramírez.

Alberto Casas Santamaría.

Fernando Cepeda Ulloa.

Piedad Córdoba de Castro.

Jaime Dussán

Orlando Obregón.

Guillermo Páramo Rocha.

Eduardo Pizarro.

Javier Sanín.

Pedro Santana.

Janeth Suárez.

Omar Yepez Alzate.

Artículo 3º.Funciones. La Comisión para el Estudio de la Reforma de los Partidos Políticos, tendrá las siguientes funciones:
Artículo 4º. La Secretaría Técnica de la Comisión estará a cargo del Ministerio de Gobierno.
Artículo 5º. La Comisión para el Estudio de la Reforma de los Partidos Políticos deberá presentar un informe al Presidente de la República, dentro de los sesenta (60) días siguientes a su primera sesión.
Artículo 6º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 9 de mayo de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Gobierno,

Horacio Serpa Uribe.

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