Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso (Fuerzas de Policía)

Rango Decreto
Publicación 1956-04-25
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,

decreta:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

FUERZAS DE POLICIA

CAPITULO 185

Material y gastos varios

003. Del artículo 1830. Para gastos extraordinarios e imprevistos, gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, y para atender a los de que trata el Decreto número 2578 de 1954, conforme a las resoluciones que dicte el Comando de las Fuerzas de Policía, en la presente vigencia y anteriores. $ 8.000.00
Suma el contra crédito $ 8,000.00

CAPITULO 181

Sección de Presupuesto, Contabilidad y Control de las Fuerzas de Policía.

105. Al artículo 1808-A. Para atender al reintegro de primas de seguros por fianzas de manejo a los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas de Policía, de acuerdo con lo dispuesto por los Decretos números 3220 de 1953 y 2687 de 1955, en la presente vigencia y anteriores $ 8.000.00
Suma el crédito $ 8.000.00
Artículo segundo. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del présente Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 5 de abril de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Pedro Manuel Arenas.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Mayor General Gabriel Parte.

El Ministro de Agricultura,

Hernando Salazar Mejía.

El Ministro del Trabajo,

Cástor Jaramillo Arrubla.

El Ministro de Salud Pública,

Gabriel Velásquez Paláu.

El Ministro de Fomento,

Jorge Reyes Gutiérrez.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Félix García Ramírez,

El Ministro de Educación Nacional,

Gabriel Betancur Mejía

El Ministro de Comunicaciones,

Mayor General Gustavo Berrío.

El Ministro de Obras Públicas, encargado,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

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