Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de la presente vigencia

Rango Decreto
Publicación 1931-05-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y en vista de la aprobación dada por el honorable Consejo de Ministros a unos traslados solicitados por el Ministerio de Relaciones Exteriores,

DECRETA:

Hácense en el Presupuesto de la presente Vigencia los siguientes traslados:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

CAPITULO 19

Servicios diplomático y consular.

Del artículo 63 al artículo 64 $ 8000
Del artículo 63 al artículo 64 4000
Del artículo 63 al artículo 66 8000

Dado en Bogotá a 28 de abril de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Raimundo RIVAS

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