Por el cual se nombra un Delegado Presidencial para las elecciones del 9 de marzo
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 153 de la Ley 28 de 1979,
DECRETA:
Artículo 1° Desígnase como Delegado Presidencial para el Departamento de Santander al doctor Orlando Cabráles, en reemplazo de Alfredo Carvajal Sinisterra, quien no aceptó.
Artículo 2° El Delegado Presidencial designado en este Decreto, tendrá derecho a cinco (5) días de viáticos a razón de ocho mil pesos ($ 8.000.00) diarios moneda corriente, y a los pasajes aéreos o gastos de transporte terrestre que ocasione su desplazamiento, los cuales serán pagados con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 3° El Gobernador prestará al Delegado Presidencial la colaboración necesaria para el cumplimiento de su misión y le suministrará las informaciones que requiera sobre el desarrollo del debate electoral.
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 7 de marzo de 1986.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Gobierno,
Jaime Castro.
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Víctor G. Ricardo Piñeros.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.