por el cual se modifica el Decreto 2656 de 1993

Rango Decreto
Publicación 1994-04-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales y en especial la que le confiere el literal d) del artículo 17 de la Ley 38 de 1989

DECRETA:

Artículo 1º. Adiciónase el artículo 15 del Decreto 2656 de 1993 con el siguiente inciso:

No obstante las empresas del sector energético podrán solicitar la adición de recursos no incorporados en el presupuesto obtenidos por su desempeño financiero y administrativo para cubrir los costos que excedan el valor de la planta de personal vigente a 1º de enero de 1994 expedida legalmente siempre que los permita seguir mejorando su gestión.

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la publicación.

Dado en Santafé de Bogotá D.C. a 13 de abril de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Héctor José Cadena Clavijo.

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