Por el cual se crea temporalmente un empleo

Rango Decreto
Publicación 1915-05-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando :

1.° Que el señor Procurador de Hacienda, en el informe que rinde sobre la visita practicada por él en la Oficina de la Administración y Tesorería de la Limpia y Canalización del río Magdalena, solicita la creación temporal del puesto de Liquidador Auxiliar para res­tablecer las cuentas de dicha Oficina y facilitar así su examen por la Corte del ramo; y

2.° Que es conveniente, en efecto, pa­ra la mejor organización de la expresa­da Oficina, y para facilitar su buen funcionamiento, la creación temporal de un empleo especial, con el fin de verificar y rehacer las cuentas de dicha Oficina co­rrespondientes a los años de 1911 a 1914,

decreta :

Artículo 1.° Créase, por el término de tres meses, el puesto de Liquidador Especial de todos los documentos existentes en la Intendencia Fluvial de Barranquilla, sobre movimiento de carga habido en los años de 1911 a 1914.

Dicho empleado deberá rehacer y ve­rificar la liquidación de todos esos documentos, mes por mes y buque por buque, enviando a la Corte de Cuentas los com­probantes del caso y dando aviso al Ministerio de Agricultura y Comercio del resultado de ese trabajo.

Artículo 2.° Fijase para tal puesto la asignación mensual de $ 80, que serán pagados de los fondos de la Administra­ción de la Canalización.
Artículo 3.° Nombrase al señor Pací­fico Gutiérrez para desempeñar el puesto que se crea por este Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de abril de 1915.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Agricultura y Comercio,

jorge e. DELGADO.

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