Por el cual se aprueba y adopta el Reglamento de Gimnasia para el Ejército
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Apruébase y adóptase, para el servicio del Ejército, el Reglamento de Gimnasia para el Ejército, presentado por el Departamento General de Guerra.
Parágrafo. Del expresado Reglamento se harán editar dos mil ejemplares.
Publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de mayo de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Guerra, Salvador FRANCO.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.