por el cual se aprueba el Acuerdo número 019 del 24 de marzo de 1993, que establece la estructura interna del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior -Mariano Ospina Pérez- Icetex, y se determinan las funciones de sus dependencias
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 26 del Decreto Extraordinario 1050 de 1968 y en desarrollo del Decreto 2129 de 1992.
DECRETA:
Artículo 1° Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 019 del 24 de marzo de 1993, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, -Mariano Ospina Pérez- Icetex, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NUMERO 019 DE 1993
(marzo 24)
por el cual se establece la estructura interna del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior -Mariano Ospina Pérez- Icetex, y se determinan las funciones de sus dependencias.
La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Icetex, en ejercicio de las facultades previstas en el Decreto-ley 3155 de 1968 y Decreto-ley 2129 de 1992,
ACUERDA:
CAPITULO I
Artículo 1° La estructura interna del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Icetex, será la siguiente:
NIVEL CENTRAL
- 1. Junta Directiva
- 2. Dirección General
- 2.1. Oficina de Planeación
- 2.2. Oficina Jurídica
- 2.3. Oficina de Control Interno
- 2.4. Oficina de Relaciones Internacionales y Comunicaciones
- 3. Subdirección Técnica
- 3.1. Oficina de Divulgación
- 3.2. División de Programas Internacionales
- 3.3. División de Crédito
- 3.4. División de Programas en Administración
- 4. Subdirección Financiera
4.1 División de Gestión Económica
- 4.2. División de Operación Financiera
- 5. Secretaría General
- 5.1. División de Recursos Humanos
- 5.2. División de Sistematización e Informática
- 5.3. División de Servicios Administrativos
- 6. Organos de Asesoría y Coordinación
- 6.1. Comité de Dirección
- 6.2. Comisión Nacional de Becas
6.3 Junta de Licitaciones y Adquisiciones
6.4 Comisión de Personal
- 6.5. Comités de Coordinación
NIVEL REGIONAL
- 7. Regional Bogotá
- 7.1. Dirección Regional
- 7.2. División de Crédito
- 7.3. División de Servicios al Exterior
- 7.4. División de Programas en Administración
- 7.5. División Financiera
- 7.6. Centro de Servicios del Norte
- 8. Regionales Antioquia, Atlántico, Santander y Valle
8.1 Dirección Regional
- 8.2. División de Crédito y Programas Internacionales
- 8.3. División de Programas en Administración
- 8.4. División Administrativa y Financiera
- 9. Regionales Bolívar, Boyacá, Caldas, Cauca, Cesar, Huila, Meta, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Tolima.
- 9.1. Dirección Regional
-
- Oficinas Seccionales
- 10.1. Dirección Seccional
CAPITULO II
Funciones de las Dependencias del Nivel Central, Junta Directiva y Dirección General.
Artículo 2° Corresponde a la Junta Directiva y a la Dirección General, el cumplimiento de las funciones contempladas en los Decreto Ley 3155 de 1968, en la ley 30 de 1992 y en el Decreto Ley 2129 de 1992, en los estatutos del Instituto y demás normas legales y reglamentarias vigentes.
Oficina de Planeación.
Artículo 3° La Oficina de Planeación es la unidad encargada de asesorar la Dirección General, en el diseño de políticas, planes y programas de carácter general para lo cual ejercerá las siguientes funciones:
-
- Orientar y coordinar con las Subdirecciones, las Regionales y demás dependencias, los procesos de investigación socioeconómica, diagnostico externo e interno, prospección, fijación de objetivos, políticas y directrices, programación de acciones, asignación de recursos y evaluación de planes.
-
- Definir los procesos de planeación estratégica para orientar de manera permanente las acciones que sean necesarias para el cumplimiento de la misión institucional; elaborar y coordinar con las Subdirecciones, el Plan de Desarrollo a mediano y largo plazo y los planea anuales de gestión.
-
- Diseñar, desarrollar, implantar y mantener el sistema de estadísticas del Instituto y la colaboración de indicadores del desempeño, en coordinación con la Oficina de Control Interno, para la evaluación de los resultados de la gestión del Instituto.
-
- Elaborar, de acuerdo con las normas vigentes y en coordinación con las subdirecciones, Secretaría General y Regionales, el anteproyecto de presupuesto anual del Instituto y coordinar los trámites necesarios para su aprobación o modificación.
-
- Presentar al Departamento Nacional de Planeación los de inversión del Instituto para ser incorporados en el Banco de Proyectos.
-
- Diseñar y proponer mecanismos e instrumentos que faciliten el desarrollo de un proceso de planeación participativa y permanente.
-
- Coordinar con las demás dependencias las acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
-
- Las demás que lo sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina Jurídica.
Artículo 4° La Oficina Jurídica es la unidad encargada de asesorar a la Dirección General en el trámite y solución de todos los asuntos de carácter jurídico que se presenten en la gestión del Instituto, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:
-
- Estudiar y conceptuar sobre los asuntos que en materia de su competencia, sometan a su consideración las dependencias de la entidad.
-
- Elaborar o revisar y emitir concepto, en coordinación con las dependencias del nivel central, sobre los proyectos de normas internas, contratos, convenios nacionales e internacionales, y demás actos administrativos que deban suscribir la Junta Directiva o el Director General y velar por la legalización y difusión de los mismos.
-
- Mantener actualizada y sistematizada la compilación de normas legales y actos administrativos, tanto internos como externos relacionados con las funciones y objetivos del Instituto.
-
- Efectuar el seguimiento jurídico de los actos administrativos de la entidad que se tramiten ante otras entidades estatales.
-
- Coordinar y asesorar la acción jurídica de las Regionales.
-
- Velar por la legalización y titulación de los bienes inmuebles del Icetex.
-
- Mantener la custodia de los contratos, convenios nacionales e internacionales, títulos de propiedad de los bienes inmuebles, los originales de los actos administrativos internos, y demás documentos legales relacionados con la gestión del Instituto.
-
- Asistir al Instituto en las acciones judiciales y extrajudiciales que se promuevan en pro o en contra del mismo y representarlo en los casos que le sean asignados.
-
- Suministrar a las autoridades competentes la información y documentación necesaria para la defensa de los intereses del Instituto e informar a la Dirección General sobre el curso de dichos juicios.
-
- Asesorar a las dependencias del Instituto, sobre los términos de referencia de tipo general para la celebración de contratos y convenios, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes.
-
- Asesorar a la Subdirección Financiera en las acciones para el cobro judicial y extrajudicial de los deudores morosos del Instituto.
-
- Proponer estrategias que faciliten el desarrollo de una cultura de servicio y propendan por la calidad del mismo.
-
- Coordinar con las demás dependencias las acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
-
- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina de Control Interno.
Artículo 5° La Oficina de Control Interno es la unidad encargada de asesorar a la Dirección General en el control de calidad de la gestión institucional y en la evaluación y comprobación de la aplicación del sistema de control interno, que garanticen en el Instituto el cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:
-
- Diseñar y proponer a la Dirección General, el sistema de control interno, métodos y procedimientos necesarios para garantizar que todas las actividades del Instituto se realicen de conformidad con las normas constitucionales, legales y reglamentarias.
-
- Diseñar, proponer y asesorar a las diferentes dependencias del Instituto, en la implantación de modelos e instrumentos para la evaluación de la gestión, y control de calidad del servicio.
-
- Asesorar a la Dirección General en la evaluación del cumplimiento delas políticas, planes, programas y proyectos que se establezcan para el desarrollo de los objetivos del instituto.
-
- Asesorar a la Dirección General y a las diferentes dependencias del Instituto en el diseño y aplicación de métodos y procedimientos de Control Interno para la vigilancia de la correcta utilización y aplicación de los recursos de la entidad.
-
- Evaluar y comprobar permanentemente el funcionamiento del sistema de control interno.
-
- Diseñar, proponer y asesorar a las diferentes dependencias del Instituto, en la implantación de modelos e instrumentos para la evaluación de la gestión, y control de calidad del servicio.
-
- Rendir informes de evaluación y control de la gestión, con el fin de establecer las deficiencias y recomendar las medidas correctivas correspondientes.
-
- Propender por la consolidación en la entidad, de una cultura de la calidad total, que se refiera a la satisfacción de las necesidades y expectativas de los usuarios internos y externos del Instituto.
-
- Coordinar con las demás dependencias las acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
-
- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina de Relaciones Internacionales y Comunicaciones.
Artículo 6° La Oficina de Relaciones Internacionales y Comunicaciones es la unidad encargada de asesorar a la Dirección General en el diseño y coordinación de las políticas y planes en materia de relaciones con los organismos nacionales e internacionales, que faciliten y apoyen la realización de los objetivos del instituto; de promoción e imagen corporativa; y de las comunicaciones internas que promuevan un nivel óptimo del clima organizacional, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:
-
- Asistir a la Dirección General en las relaciones con misiones diplomáticas y organismos internacionales que permitan gestionar oportunidades de formación y capacitación en el exterior.
-
- Organizar y coordinar la asistencia técnica internacional que le soliciten o requiera el Instituto.
-
- Asesorar a la Dirección General en el diseño de políticas, estrategias y programas para la promoción de la imagen del Instituto con el medio externo, tanto a nivel nacional como internacional.
-
- Asistir a la Dirección en el manejo de los medios de comunicación y preparar el material que se requiera en estos casos.
-
- Diseñar y editar boletines y demás instrumento con fines informativos y de comunicación interna, que promuevan el mejoramiento continuo del clima organizacional del Instituto.
-
- Propiciar y coordinar la presencia del Icetex en eventos de carácter nacional o internacional, relacionados con los objetivos del Instituto.
-
- Regular el diseño y edición de boletines, publicaciones y demás instrumentos con fines de promoción, divulgación e información institucional.
-
- Coordinar con las demás dependencias las acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
-
- Las demás que le sean asignan y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Subdirección Técnica.
Artículo 7°. La Subdirección Técnica es la unidad encargada de dirigir y coordinar el diseño y desarrollo de planes, programas y proyectos de los servicios que ofrece el Instituto, en concordancia con las políticas generales y directrices formuladas por la Junta Directiva y la Dirección General, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:
-
- Dirigir y coordinar el diseño y desarrollo de políticas, planes, programas y proyectos que permitan el cumplimiento de los objetivos del Icetex.
-
- Dirigir y coordinar el seguimiento, control y evaluación de las políticas, planes, programas de servicios y convenios internacionales.
-
- Dirigir y coordinar el diseño de estrategias relacionadas con la divulgación de los servicios y con el desarrollo de mecanismos de orientación y consejería para estudios en el exterior.
-
- Proponer y asesorar a la Dirección General, políticas, planes y acciones que permitan establecer convenios y acuerdos de cooperación internacional, en materia de educación y coordinar la elaboración de los términos de referencia para la negociación de la cooperación técnica internacional de acuerdo con las disposiciones vigentes.
-
- Proponer a la Dirección General los mecanismos que permitan concretarlas oportunidades educativas de la cooperación técnica internacional y coordinar las acciones que conduzcan a su ejecución.
-
- Dirigir y coordinar el diseño, programación y ejecución de los programas de crédito educativo, de acuerdo con las políticas, planes y reglamentaciones aprobadas.
-
- Dirigir y coordinar con la Subdirección Financiera el diseño, programación y ejecución de los programas financiamiento a instituciones de educación superior.
-
- Dirigir y coordinar la concertación y negociación de convenios, acuerdos, programas y proyectos con organismos públicos o privados, destinados a la financiación de la formación de recursos humanos tanto en el país como en el exterior.
-
- Coordinar y supervisar la administración del Colegio Mayor Colombiano "Miguel Antonio Caro", con sede en Madrid, España.
-
- Proponer a la Dirección General los reglamentos que se deben seguir para la prestación de los servicios.
-
- Coordinar con la Subdirección Financiera y la Oficina de Planeación, la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual de los Programas de inversión en servicios y la incorporación de nuevos programas al Banco de Proyectos del Departamento Nacional de Planeación.
-
- Proponer a la Dirección General la asignación de recursos a nivel Regional, para cada uno de los programas de servicios.
-
- Promover estrategias que faciliten el desarrollo de una cultura de servicio y propendan por la calidad del mismo.
-
- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina de Divulgación.
Artículo 8°. Serán funciones de la Oficina de Divulgación las siguientes:
-
- Diseñar, proponer y ejecutar estrategias y proyectos para la divulgación de los servicios del Instituto.
-
- Asistir a la Subdirección Técnica y a las Oficinas Relacionales en el manejo de los medios y recursos de divulgación de los servicios.
-
- Diseñar, implantar y mantener sistemas y mecanismos de información a los usuarios y al público en general, sobre los servicios del Icetex en coordinación con las dependencias del nivel central y Regional.
-
- Diseñar, implantar, manejar y mantener actualizado el sistema de divulgación e información dirigida y especializada de los servicios internacionales, hacia los usuarios.
-
- Diseñar y producir boletines, publicaciones y demás instrumentos de divulgación de los servicios, en coordinación con las otras dependencias del Instituto.
-
- Asesorar y coordinar a las Regiones en la producción y distribución de instrumentos de divulgación de los servicios.
-
- Coordinar con las Divisiones de la Subdirección Técnica el suministro de la información requerida para la divulgación de los servicios.
-
- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División de Programas Internacionales.
Artículo 9°. Serán funciones de la División de Programas Internacionales las siguientes:
-
- Diseñar, proponer y revisar periódicamente los términos de referencia para la formulación de políticas en materia de educación internacional, para la negociación de convenios, programas de becas de cooperación internacional y de intercambio educativo.
-
- Efectuar el seguimiento y evaluación de los convenios y programas internacionales que administra el Icetex y controlar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por las partes.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.