por el cual se aprueba el Acuerdo número 019 del 24 de marzo de 1993, que establece la estructura interna del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior -Mariano Ospina Pérez- Icetex, y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1993-04-27
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 26 del Decreto Extraordinario 1050 de 1968 y en desarrollo del Decreto 2129 de 1992.

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 019 del 24 de marzo de 1993, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, -Mariano Ospina Pérez- Icetex, cuyo texto es el siguiente:

“ACUERDO NUMERO 019 DE 1993

(marzo 24)

por el cual se establece la estructura interna del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior -Mariano Ospina Pérez- Icetex, y se determinan las funciones de sus dependencias.

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Icetex, en ejercicio de las facultades previstas en el Decreto-ley 3155 de 1968 y Decreto-ley 2129 de 1992,

ACUERDA:

CAPITULO I

Artículo 1° La estructura interna del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Icetex, será la siguiente:

NIVEL CENTRAL

4.1 División de Gestión Económica

6.3 Junta de Licitaciones y Adquisiciones

6.4 Comisión de Personal

NIVEL REGIONAL

8.1 Dirección Regional

CAPITULO II

Funciones de las Dependencias del Nivel Central, Junta Directiva y Dirección General.

Artículo 2° Corresponde a la Junta Directiva y a la Dirección General, el cumplimiento de las funciones contempladas en los Decreto Ley 3155 de 1968, en la ley 30 de 1992 y en el Decreto Ley 2129 de 1992, en los estatutos del Instituto y demás normas legales y reglamentarias vigentes.

Oficina de Planeación.

Artículo 3° La Oficina de Planeación es la unidad encargada de asesorar la Dirección General, en el diseño de políticas, planes y programas de carácter general para lo cual ejercerá las siguientes funciones:

Oficina Jurídica.

Artículo 4° La Oficina Jurídica es la unidad encargada de asesorar a la Dirección General en el trámite y solución de todos los asuntos de carácter jurídico que se presenten en la gestión del Instituto, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:

Oficina de Control Interno.

Artículo 5° La Oficina de Control Interno es la unidad encargada de asesorar a la Dirección General en el control de calidad de la gestión institucional y en la evaluación y comprobación de la aplicación del sistema de control interno, que garanticen en el Instituto el cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:

Oficina de Relaciones Internacionales y Comunicaciones.

Artículo 6° La Oficina de Relaciones Internacionales y Comunicaciones es la unidad encargada de asesorar a la Dirección General en el diseño y coordinación de las políticas y planes en materia de relaciones con los organismos nacionales e internacionales, que faciliten y apoyen la realización de los objetivos del instituto; de promoción e imagen corporativa; y de las comunicaciones internas que promuevan un nivel óptimo del clima organizacional, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:

Subdirección Técnica.

Artículo 7°. La Subdirección Técnica es la unidad encargada de dirigir y coordinar el diseño y desarrollo de planes, programas y proyectos de los servicios que ofrece el Instituto, en concordancia con las políticas generales y directrices formuladas por la Junta Directiva y la Dirección General, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:

Oficina de Divulgación.

Artículo 8°. Serán funciones de la Oficina de Divulgación las siguientes:

División de Programas Internacionales.

Artículo 9°. Serán funciones de la División de Programas Internacionales las siguientes:

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