Por el cual se suprimen dos puestos en el ramo de Telégrafos, se crean dos y se nombran los empleados que deben servirlos

Rango Decreto
Publicación 1928-05-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.° Suprímense en la Oficina Telegráfica de Medellín las plazas de Ayudantes que ocupan los señores Carlos A. Buriticá y Francisco Giraldo, y créanse dos puestos de Ayudantes para el Hughes de la Oficina Telegráfica de Bucaramanga, con la asignación mensual de ciento veintiún pesos ($ 121) cada uno, suma igual a la de los puntos que se suprimen.
Artículo 2.° Nómbrase a los señores Carlos A. Buriticá y Francisco Giraldo, para desempeñar los puestos de Ayudantes para el Hughes de la Oficina Telegráfica de Bucaramanga, creados por el artículo anterior.
Artículo 3.° Este Decreto comenzará a regir desde el día 10 de mayo próximo venidero.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de abril de 1938.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Jesús GARCIA

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