por el cual se aprueba el Acuerdo número 020 del 24 de marzo de 1993, que establece la planta de personal global del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez, Icetex

Rango Decreto
Publicación 1993-04-27
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978 y en desarrollo del Decreto 2129 de 1992,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase en todas sus partes el Acuerdo número 020 del 24 de marzo de 1993, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez, Icetex, cuyo texto es el siguiente:

"ACUERDO NUMERO 020

(24 de marzo de 1993)

por el cual se establece la planta de personal global del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez, Icetex.

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Icetex, en ejercicio de las facultades previstas en el Decreto-ley 3155 de 1968 y Decreto 2129 de 1992,

ACUERDA:

Artículo 1° Suprimir los siguientes empleos o cargos de la planta de personal del Icetex, adoptada mediante Acuerdo 081 del 26 de diciembre de 1986:

Número de cargos Denominación Código Grado
1 Secretario Gral Ent. Descent 0037 03
2 Subdirector Gral Estab. Púb. 0040 03
3 Director Regional 2035 08
3 Jefe de Oficina 2045 09
1 Jefe de Oficina 2045 03
3 Jefe de División 2040 06
19 Jefe de Sección 2075 06
12 Jefe de Sección 2075 05
2 Jefe de Sección 2075 02
7 Jefe de Grupo 2085 04
5 Profesional Especializado 3010 13
9 Profesional Universitario 3020 08
3 Profesional Universitario 3020 06
1 Técnico en Presupuesto 4035 10
4 Técnico en Presupuesto 4035 07
1 Programador de Sistemas 4060 11
2 Técnico Administrativo 4065 07
1 Dibujante 4095 05
1 Técnico Operativo 4080 10
1 Técnico Operativo 4080 09
2 Operador Equipo de Sistemas 4100 08
1 Auxiliar de Técnico 4110 06
1 Asistente Administrativo 4140 15
4 Coordinador 5005 19
43 Coordinador 5005 15
3 Secretario Ejecutivo 5040 13
13 Secretario Ejecutivo 504 11
1 Pagador 5045 17
2 Pagador 5045 13
12 Pagador 5045 11
6 Almacenista 5080 11
8 Almacenista 5080 09
2 Cajero 5095 10
2 Cajero 5095 08
1 Cajero 5095 07
3 Supervisor 5105 12
30 Auxiliar Administrativo 5120 09
62 Auxiliar Administrativo 5120 07
2 Secretario 5140 10
1 Secretario 5140 08
5 Ayudante de Oficina 5155 07
6 Operario Calificado 6000 08
7 Operario Calificado 6000 07
4 Conductor Mecánico 6010 08
7 Conductor Mecánico 6010 06
10 Celador 6020 06
17 Auxiliar de Ser. Generales 6035 05
19 Auxiliar de Ser. Generales 6035 03
2 Enfermero Auxiliar 6045 07

Parágrafo. Los empleados que ocupen cargos de Carrera Administrativa que resulten desvinculados del Instituto como consecuencia de la supresión de cargos prevista en este artículo, tendrán derecho al pago de indemnización o bonificación, de conformidad con lo señalado en el Capítulo IV del Decreto 2129 del 29 de diciembre de 1992.

Artículo 2° Las funciones propias del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior , Mariano Ospina Pérez, Icetex, serán cumplidas por la planta de personal global, que a continuación se establece:

Número de cargos Denominación Código Grado
1 Director Gral. Establec. Pú 0015 18
1 Secretario Gral. Ent. Descent 0037 12
2 Subdirector Gral Estab. Púb 0040 12
4 Asesor 1020 05
1 Director Regional 2035 19
4 Director Regional 2035 16
8 Director Regional 2035 12
4 Director Regional 2035 08
4 Jefes de Oficina 2045 20
1 Jefes de Oficina 2045 15
8 Jefes de División 2040 16
4 Jefes de División 2040 12
12 Jefes de División 2040 09
4 Director Seccional 2095 05
1 Director de Centro 2105 05
10 Profesional Especializado 3010 15
10 Profesional Especializado 3010 12
18 Profesional Especializado 3010 10
10 Profesional Universitario 3020 08
16 Profesional Universitario 3020 06
7 Profesional Universitario 3020 05
20 Profesional Universitario 3020 04
25 Técnico Administrativo 4065 12
20 Técnico Administrativo 4065 10
71 Técnico Administrativo 4065 09
43 Técnico Administrativo 4065 07
5 Secretario Ejecutivo 5040 18
14 Secretario Ejecutivo 5040 17
4 Secretario Ejecutivo 5040 15
12 Secretario Ejecutivo 5040 13
7 Auxiliar Administrativo 5120 13
24 Auxiliar Administrativo 5120 11
48 Auxiliar Administrativo 5120 09
51 Auxiliar Administrativo 5120 07
4 Operario Calificado 6000 11
6 Conductor Mecánico 6010 10
4 Conductor Mecánico 6010 08

Artículo 3° El Director del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez, Icetex, distribuirá mediante resolución el personal en la planta de que trata el presente Acuerdo, de conformidad con la naturaleza de las funciones, las necesidades del servicio y los planes y programas de la Entidad.

Artículo 4° Los empleos a los que se refiere el artículo segundo del presente Acuerdo serán de carrera administrativa, con excepción de los señalados en la Ley 27 del 23 de diciembre de 1992 y las demás normas que regulen la materia, en especial el Decreto 383 de marzo 16 de 1972.

Artículo 5° Los funcionarios que sean incorporados a la planta de personal adoptada en el artículo segundo del presente Acuerdo devengarán la asignación básica que les correspondía en la anterior planta de personal, hasta el día que tomen posesión en el cargo correspondiente a la nueva planta de personal.

Parágrafo. Las incorporaciones en la nueva planta de personal se harán de conformidad con lo previsto en el presente Acuerdo, en el término establecido por el artículo 30 del Decreto 2129 de 1992.

Artículo 6° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo número 081 del 26 de Diciembre de 1986.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los 24 días del mes de marzo de 1993.

El Presidente

(Fdo.) Rafael Orduz Medina.

El Secretario,

(Fdo.) Eduardo Noriega de la Hoz”.

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 40 del 9 de enero de 1987 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 26 de abril de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Héctor José Cadena C.

La Ministra de Educación Nacional,

Maruja Pachón de Villamizar.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

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