por el cual se destina una suma para gastos de varias Oficinas de Sanidad
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
decreta :
Señálase la suma de veinte pesos ($ 20) oro mensuales para gastos de escritorio y arrendamiento de local de las Oficinas de cada uno de los Médicos de Sanidad de Buenaventura, Guapi y Tumaco.
Comuníquese y publiquese.
Dado en Bogotá a 3 de agosto de 1914.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
clodomiro RAMIREZ
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