Por el cual se suprimen unos puestos y se crean otros, en la Oficina Telegráfica de Cali

Rango Decreto
Publicación 1928-05-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1.° Suprímense en la Oficina Telegráfica de Cali, los puestos de Cajero, Contador y Ayudante del Contador.
Artículo 2.° Créanse en la misma Oficina de Cali los siguientes puestos, con las asignaciones mensuales que en seguida se expresan:

Un Cajero Contador, con $ 170

Dos Ayudantes del Cajero Contador, cada uno con 80

Artículo 3.° Este Decreto empezarán a regir desdé el día 15 de mayo próximo venidero.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de abril de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

José Jesús GARCIA

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