Por el cual se rebajan las raciones de los presos de la Cárcel del Circuito de Yolombó

Rango Decreto
Publicación 1930-06-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto:

«DECRETO NUMERO 98

«(mayo 2 de 1930)

«por el cual se rebaja el valor de unas raciones alimenticias.

«El Gobernador del Departamento de Antioquia,

«en uso de sus facultades legales,

«DECRETA:

«Artículo único. A contar del día seis del mes en curso, rebájase a treinta y tres centavos ($ 0-33) el valor de cada ración diaria que se suministre por cuenta de la Nación o del Departamento a los presos pobres de la Cárcel del Circuito de Yolombó, hasta que se celebre y sea aprobado el contrato correspondiente a dicho servicio.

Parágrafo. Las cuentas respectivas serán legalizadas por el señor Alcaide de dicho establecimiento.

«Consúltese, comuníquese y publíquese.

«Dado en Medellín a dos de mayo de mil novecientos treinta.

«Camilo C. Restrepo

«El Secretario de Gobierno,

«Miguel Moreno J.»

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de mayo de 1930.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Gobierno,

Alejandro CABAL POMBO

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