Por los cuales se crean una primas técnicas para unos cargos de la Planta de Personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1977-05-02
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades y en especial las que le confiere el Decreto 602 de 1977,

decreta:

Artículo 1° De conformidad con lo previsto en el artículo 2° del Decreto 602 de 1977, créase prima técnica para el siguiente cargo de la Planta de Personal del Gabinete del Ministro de Hacienda y Crédito Público:

Consejo Nacional De Política Aduanera

N° de cargos Denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico
2 Asesor de consejo 34 $ 20.600
Artículo 2° La asignación de la prima técnica para el cargo a que se refiere el artículo anterior, se hará por decreto del Gobierno, con base en la solicitud razonada formulada por el Ministro de Hacienda y conforme a lo dispuesto en el Decreto 602 de1977.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 11 de abril de 1977.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

AbdónEspinosaValderrama

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

SaturiaEsguerraPortocarrero

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.