Por el cual se convoca el Consejo Nacional Legislativo a sesiones extraordinarias
eliseo payán.
Presidente de la República,
decreta :
Artículo único. Convócase el Consejo Nacional Legislativo á sesiones extraordinarias para el 1.° de Enero próximo.
Dicha Corporación se ocupará, principalmente, en dictar las disposiciones necesarias á fin de que tengan debido cumplimiento los artículos 68 y B transitorio de la Constitución nacional.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 16 de Diciembre de 1887.
ELISEO PAYAN.
El Ministro de Gobierno,
Felipe F. Paúl.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos Holguín.
El Ministro de Hacienda,
Vicente Restrepo.
El Ministro de Guerra,
F. Angulo.
El Ministro de Instrucción pública,
Jose Domingo Ospina C.
El Ministro del Tesoro,
Carlos Martínez Silva.
El Ministro de Fomento,
J. Casas Rojas.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.