Por el cual se crean unas primas técnicas para unos cargos de la Planta de Personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1977-05-02
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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Personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 602 de 1977,

decreta:

Artículo 1° De conformidad con lo previsto en el artículo 2° del Decreto 602 de 1977, créase prima técnica para cada uno de los siguientes cargos de la planta del personal del Gabinete del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:
N° de cargos Denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico
2 Profesional especializado III 26 $ 14.900
3 Profesional especializado II 24 13.500
Artículo 2° La asignación de la prima técnica para los cargos a que se refiere el artículo anterior, se hará por Decreto del Gobierno, con base en la solicitud razonada formulada por el Ministro de Hacienda y conforme a lo dispuesto en el Decreto 602 de 1977.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a abril 11 de 1977.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Abdón Espinosa Valderrama

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Saturia Esguerra Portocarrero.

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