Por el cual se reglamenta el artículo 3o de la Ley 107 de 1923, que hace una cesión al Municipio de Antioquia

Rango Decreto
Publicación 1924-05-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el artículo 3º de la Ley 107 de 1923 cede al Municipio de Antioquia una pequeña prensa tipográfica manual, marcada Ed. Víctor Sperling número 4.431 Leipzig, Alemania, que la Nación posee por decomiso como cuerpo de delito; y

Que el Personero Municipal de Antioquia se ha dirigido al Gobierno pidiendo que se dicten las órdenes del caso para que se haga entrega de la prensa al Municipio,

decreta:

Artículo único. Hágase entrega de la prensa cedida al Municipio de Antioquia, por el artículo 3º de la Ley 167 de 1923, con todos sus accesorios, y destinada para la tipografía municipal como anexidad de ella.

Comisiónase al Recaudador de Hacienda Nacional de la ciudad de Antioquia, para que efectúe la entrega y suscriba a nombre del Gobierno la correspondiente acta de entrega,

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de mayo de 1934.

PEDRO NEL OSPINA-E1 Ministro de Hacienda y Crédito Público, Aristóbulo ARCHlLA.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.