por el cual se modifica la tabla de evaluación de incapacidades resultantes de accidentes de trabajo, contenida en el artículo 209 del Código Sustantivo del Trabajo
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 2º, del artículo 209 del Código Sustantivo el Trabajo,
DECRETA:
Artículo 1º Se adopta la siguiente tabla de valuación de incapacidades resultantes de accidentes de trabajo:
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