por el cual se modifica la distribución hecha por el Decreto número 145 de enero 30 de 1967 a la partida global señalada en el Presupuesto Nacional vigente para sostenimiento del Museo de Arte Colonial
El Presidente de la República de Colombia,en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere la Ley 77 de 1966 y el Decreto número 3079 de 1966,
DECRETA:
Artículo primero. De la partida distribuida por el Decreto número 145 de enero 30 de 1967 para gastos de funcionamiento del Museo de Arte Colonial, hácese la siguiente disminución:
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Presupuesto de Funcionamiento.
CAPITULO 703
Programa 467. Financiamiento de Establecimientos Dependientes. Artículo 7271. -Museo de Arte Colonial.
Gastos generales.
| e) Compra de equipo | $ 2.200 |
|---|---|
| Suma | $ 2.200 |
| Artículo segundo. Con la partida disminuida en el artículo anterior, se hace la siguiente destinación: k) Pago dominicales y días festivos | $ 2.200 |
| --- | --- |
| Suma | $ 2.200 |
Artículo tercero. Queda en los términos anteriores modificado el Decreto número 145 de enero 30 de 1967.
Artículo cuarto. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 2 de mayo de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Educación Nacional, Gabriel Betancur Mejía.
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