por el cual se adiciona la planta de personal del Ministerio de Justicia

Rango Decreto
Publicación 1987-05-04
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y en especial las que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo 1º Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Ministerio de Justicia para la Escuela Judicial "Rodrigo Lara Bonilla".
No. de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado
Dirección General de Escuela Judicial. Dirección General de Escuela Judicial. Dirección General de Escuela Judicial. Dirección General de Escuela Judicial.
1 Director General de Escuela Judicial 0048 08
1 Asesor 1020 02
1 Secretario Ejecutivo 5040 17
1 Ayudante de Oficina 5155 07
1 Chofer Mecánico 6010 08
División Académica. División Académica. División Académica. División Académica.
1 Jefe de División 2040 14
3 Profesional Especializado 3010 10
6 Profesional Especializado 3010 09
1 Secretario Ejecutivo 5040 11
3 Secretario 5140 08
División de Coordinación Administrativa y Desarrollo Institucional. División de Coordinación Administrativa y Desarrollo Institucional. División de Coordinación Administrativa y Desarrollo Institucional. División de Coordinación Administrativa y Desarrollo Institucional.
1 Jefe de División 2040 14
3 Profesional Universitario 3020 06
2 Técnico Administrativo 4065 11
1 Dibujante 4095 08
1 Secretario Ejecutivo 5040 11
2 Secretario 5140 08
1 Auxiliar Administrativo 5120 07
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de abril de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

César Gaviria Trujillo.

El Ministro de Justicia,

Eduardo Suescún Monroy.

El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Joaquín Barreto Ruiz.

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