por el cual se aprueba otro sobre creación de un Municipio y tres Corregimientos
El Presidente de la República de Colombia,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el Decreto del Comisario Especial del Putumayo, de fecha 12 de Junio último, número 3, "por el cual se crean un Municipio y tres corregimientos," con las siguientes modificaciones:
En San Francisco habrá un Concejo Municipal, de elección popular (artículo 1°).
Para la elección de Jurados Electorales en el expresado Municipio y en los demás que se creen, la comisaria del putumayo hará parte de la Circunscripción Electoral de Pasto (artículo 2°).
Autorizase al Comisario del Putumayo para que convoque a elecciones populares y señale las fechas en las cuales deben verificarse todos los actos preparatorios de aquéllas (artículo 3°).
El Decreto número 3 de 1912 (12 de junio) citado, en la parte que se refiere a los caseríos del valle de Sibundoy, tendrá cumplimiento en cuanto no se oponga a la Ley 51 de 1911, que cede al Departamento de Nariño algunos terrenos del expresado valle, mediante el cumplimiento de ciertas condiciones (artículo 4°) .
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de agosto de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
PEDRO M. CARREÑO
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