por el cual se dicta una disposición relacionada con el personal de la Dirección General de Edificios Nacionales de Ministerio de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y en virtud de las facultades extraordinarias que le confiere el articuló 9° de la Ley 102 de 1936,
DECRETA:
Articulo único. Fíjase en ciento cincuenta pesos ($ 150) la asignación mensual de la Secretaría de la Dirección de Edificios Nacionales en setenta pesos ($ 70) la del Escribiente de la misma dependencia, y en doscientos pesos ($ 200) la del Jefe de Locativas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en'Bogotá a 30 de abril de 1938.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Obras Publicas,
César GARCIA ALVAREZ
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