Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971. (Ministerio de Educación Nacional), por $ 700.000.00

Rango Decreto
Publicación 1971-06-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3º del artículo 50 de la Ley 4ª de 1970, se facultó al Gobierno Nacional para abril créditos y efectuar traslados dentro de las apropiaciones para gastos del Presupuesto de la vigencia fiscal de. 1971. con el objeto de garantizar la buena marcha de la; Administración Pública y el cumplimiento de los programas de inversión;

Que el Ministerio de Educación Nacional, por medio de la Resolución número 1454 de 1971, declaró sobrantes los Baldos de unas apropiaciones de su Presupuesto, de Gastos de la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaren insuficientes, por un valor de $ 700.000.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 4 de 1971, por un valor igual al que se trata de transferir, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 33337 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 5.

Artículo 2º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado, en Bogotá, D. E., a 10 de mayo de 1971.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patiño Rosselli.

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