Por el cual se modifica el Decreto 244 del 28 de enero de 1994

Rango Decreto
Publicación 1994-04-19
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 189, numeral 11, de la Constitución Política.

DECRETA:

Artículo 1º. Modifícase el artículo 3º del Decreto 244 de 1994, en el sentido de que la fecha límite para diligenciar y remitir los formularios del censo de servidores públicos por las dependencias de personal al Departamento Administrativo de la Función Pública será el 31 de mayo de 1994.
Artículo 2º. El artículo 5º del Decreto 244 de 1994 quedará así:

Una vez finalizado el censo de servidores públicos, las dependencias de personal de las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva, tanto nacional como territorial, reportarán al Departamento Administrativo de la Función Pública la información que éste requiera, en los plazos y mediante los procedimientos que el mismo determine.

Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica los artículos 3º y 5º del Decreto 244 del 28 de enero de 1994 y deroga el parágrafo del artículo 4º del mismo Decreto y las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 18 días del mes de abril de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO.

El Director Departamento Administrativo de la Función Pública.

Eduardo González Montoya.

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