por el cual se destina el terreno que posee el Gobierno en Sogamoso para construir en él un edificio para la instrucción pública
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutiva,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno nacional es dueño de un lote de terreno, situado á orillas del río Sogamoso, en la ciudad de este nombre, en donde existió un edificio que servía de cuartel, que compró el Gobierno con tal objeto y que fue destruido por las grandes avenidas del río, y
Que la Municipalidad de la ciudad nombrada y algunos vecinos han colectado fondos, con los cuales te proponen construir en el terreno en referencia un edificio destinado para Colegios y Escuelas, regentados por los Hermanos Cristianos,
DECRETA:
Artículo único. Destínase el terreno de propiedad nacional, situado á orillas del río Sogamoso, en la ciudad del mismo nombre, para construir en él un edificio para Colegios y Escuelas del Municipio, á condición de que éste cancele los gravámenes que tenga el mencionado terreno,
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, á 9 de Mayo de 1902.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
Ministro de Gobierno,
FranciscoMendoza P.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
FelipeF. Paúl
El Ministro de Hacienda,
JoséRamón Lago.
El Ministro de Guerra,
ArístidesFernández,
El Ministro de Instrucción Pública,
JoséJoaquín Casas
El Ministro del Tesoro,
AgustínUribe.
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