Por el cual se dictan unas disposiciones en la Dirección General de Bienes y de comercio
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 9° de la Ley 142 de 1937,
DECRETA:
Artículo primero. Créanse dos nuevos cargos de Contadores para inventario permanente de almacenes en la Dirección General de Bienes y de Comercio del Ministerio de Obras Públicas, cada uno con la asignación mensual de Ciento veinte pesos ($ 120), y nombrase para desempeñarlos a los señores Manuel Quesada y Oscar Ospina.
Artículo segundo. Fíjase en ciento cuarenta pesos ($ 140) la asignación mensual del Almacenista de la misma Dirección, y en ciento diez pesos ($ 110) la del Ayudante Despachador de Drogas, y nómbrase para desempeñar este último empleo al señor Ricardo Baquero.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de abril de 1938.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Obras Públicas,
César GARCIA ALVAREZ
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