Por el cual se reorganizan dos Oficinas en el Ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Reorganizarse la Oficinas postales y telegráficas de Mongua y Labranzagrande, Departamento de Tundama, cada una con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro:
Mongua
| Un Telegrafista Administrador de Correos | $30 |
|---|---|
| Un Cartero | 4 |
Labranzagrande
| Un Telegrafista Administrador de Correos | $35 |
|---|---|
| Un Ayudante | 25 |
| Un Cartero | 6 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 30 de Junio de 1906
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
DIONISIO ARANGO
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