Por el cual se aumenta la partida para alimentación, lavado y peluquería de los individuos de tropa del Batallón de Ingenieros Caldas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de facultades legales, y
considerando:
Que el alto precio que han alcanzado los víveres en la plaza de Ibagué, lugar de acantonamiento del Batallón de Ingenieros Caldas, hace insuficiente la partida destinada para alimentación, lavado y peluquería de los individuos de tropa- de dicha Unidad; y
Visto el concepto del Comando de la I División,
decreta:
Artículo 1° Aumentase a diez pesos ($ 10) mensuales, (a partida asignada actualmente para alimentación, lavado y peluquería de cada individuo de tropa del Batallón de Ingenieros Caldas.
Artículo 2° La Comisaria Pagadora ordenará al Contador de dicha Unidad que gire en la forma indicada, a partir del primero del .mes en curso.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, á 8 de mayo de 1924.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Guerra, Alfonso JARAMLLLO.
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