Por el cual se crean unas Oficinas en el Ramo postal y telegráfico
EI Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Créanse las Oficinas postales y telegráficas de San Pedro, Departamento del Cauca, y Floresta, Departamento de Tundama, cada una con el siguiente personal y asignaciones mensuales en oro:
Comuníquese y publíquese.
Dado es Bogotá, a 30 de Junio de 1906.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
DIONISIO ABANGO
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