Por el cual se crea el puesto de Inspector ad honorem de las Cárceles de Bogotá
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Créase el puesto de Inspector ad honorem de las Cárceles de Bogotá, el cual tendrá las siguientes atribuciones :
1.a Vigilar por el estricto cumplimiento de los deberes de los empleados y de los presos de las Cárceles de sumariados y correccionales.
2.a Ayudar a los Alcaides de las Cárceles de sumariados y correccionales, en cualquier dificultad que se presente en dichos establecimientos, en ausencia accidental del Director.
3 a Dar cuenta de las irregularidades que note, ya sean por infracción de las disposiciones del Reglamento, o por cualquier otro motivo; y
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- °. Informar diariamente al Director de Cárceles de lo que ocurra, y cumplir las órdenes que éste le dé.
Artículo 2°. Nómbrase para desempeñar el puesto de que habla el artículo anterior, al señor Sixto López.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a I.°. de mayo de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
MIGUEL ABADIA MENDEZ
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