Que reforma el artículo 4o del decreto número 474 de 30 de agosto último
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia
decreta :
Artículo único. El Ayudante de campo Secretario del Jeneral en Jefe de cada uno de los cuerpos de Ejército podrá ser de la clase de Coronel a Subteniente, o asimilado a uno de estos empleos.
Dado en Bogotá, a 28 de diciembre de 1876.
AQUILEO PARRA.
El Secretario de Guerra i Marina,
Rafael Niño.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.