Por el cual se modifica el decreto número 1450 de julio 18 de 1974
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando
que consultada la realidad educativa y social de Tunía, Cauca, se concluye en que la supresión de los estudios vocacionales, agrícolas y el inmediato establecimiento de la modalidad Promoción Social requieren cambios y adecuaciones de orden docente, técnico y administrativo en la actual Escuela Agropecuaria de T'unía,
decreta:
Artículo primero. Aplázase por término indefinido la aplicación del artículo 3° del Decreto número 1450 de 1974 en cuanto dispone convertir la Escuela Agropecuaria de Tunía, Cauca en Instituto de Promoción Social.
Parágrafo. La Escuela Agropecuaria de Tunía, Cauca continuará funcionando como tal, ofreciendo la modalidad educativa de Bachillerato Agropecuario, de acuerdo al Decreto número 080 de enero 22 de 1974 y su Resolución reglamentaria número 2926 de mayo 2 del mismo año.
Articulo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 2 de mayo de 1975.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Educación Nacional,
Hernando Durán Dussán.
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