Por el cual se autoriza una publicación oficial

Rango Decreto
Publicación 1949-04-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de la disposición contenida en el artículo 21 de la Ley 141 de 1948, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. Autorizase la publicación en la Imprenta Nacional, por cuenta del Tesoro, del Boletín de Minas y Petróleos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de marzo de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno, Darío ECHANDIA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, HernánJARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Minas y Petróleos, Alonso ARAGON QUINTERO.

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