Por el cual se crean unas oficinas en el Ramo postal y telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
decreta:
Créanse las oficinas postales y telegráficas de Jesús del Rio (Departamento de Bolívar), Plato y Tenerife (Departamento del Magdalena).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 5 de Julio de 1907.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
alcides DE ANGULO
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