Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1980-02-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Articulo 1° Apruébase el Acuerdo número 15 de noviembre 29 de 1979 del Comité Nacional de Cafeteros cuyo texto dice lo siguiente:

"ACUERDO NUMERO 15 DE 1979

(noviembre 29)

El .Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

considerando:

acuerda:

Artículo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que, con recursos tomados del Fondo Nacional del Café, capitalice, el Fondo Rotatorio, de Crédito Rural Planeado en la suma, de 42:200.000,00 moneda, corriente.
Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Dado en Bogotá, D. E., a los veintinueve (29) días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y nueve (1979).

El Presidente,

Alfonso Palacio Rudas.

El Secretario,

José Fernando Jaramillo H".

Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de enero de 1980.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

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