Por el cual se distribuye una partida del Presupuesto Nacional de gastos del año en curso (Ministerio de Instrucción Pública
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Distribúyese la partida de ocho mil pesos ($ 8,000) que figura en el artículo 472 del capítulo 49 del Presupuesto Nacional de gastos del año en curso (Ministerio de Instrucción Pública), en la siguiente forma:
Tres mil seiscientos pesos ($ 3,600) para costear en la Escuela Nacional de Minas de Medellín una beca para cada uno de los Departamentos y una para la Intendencia Nacional del Chocó, a razón de veinte pesos ($ 20) cada una, en doce meses; y
Cuatro mil cuatrocientos pesos ($ 4,400) destinados para laboratorio, biblioteca, mueblaje, útiles de escritorio y de enseñanza y mejora del local de la misma Escuela, en el año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de abril de 1920.
Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ-El Ministro de Instrucción Pública, Miguel ABADIA MENDEZ.
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