Por el cual se fija el sistema de clasificación y remuneración de los empleos de las Unidades Administrativas Especiales denominadas Juntas Administradoras de Deportes

Rango Decreto
Publicación 1975-05-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 3° de la Ley 24 de 1974,

DECRETA:

Artículo 1° Las normas contenidas en los Decretos 2554 de 1973, 693 de 1974 y 230 de 1975 serán aplicables a las Unidades Administrativas Especiales, denominadas Juntas Administradoras de Deportes de que trata el Decreto 2343 de 1970 excepto los artículos 10, 11 y 12 del Decreto 230 de 1575.
Artículo 2° Las Juntas Administradoras de Deportes procederán a elaborar sus plantas de personal y a someterlas a aprobación del Gobierno Nacional.
Articulo 3° Los empleados públicos que sean nombrados en la planta de personal que se establezca en cumplimiento del presente Decreto, sólo requerirán para la posesión la firma del acta respectiva, y él pago de impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración.
Articulo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de mayo de 1975.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Educación Nacional,

Hernando Duran Dussán.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Jaime Lopera Gutiérrez.

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