Sobre modalidad de unos pagos

Rango Decreto
Publicación 1952-05-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Designado, en ejercicio de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

El Ministro de Agricultura confronta la dificultad de insuficiencia de la aprobación del artículo 502 del capítulo 47, para estas dos anteriores a la presente diligencia en cuanto se refiere a la deuda pendiente por viáticos, transportes y materiales ocasionados con anterioridad al presente año, en la Campaña Nacional contra la fiebre aftosa;

El Decreto-ley número 2523 de 1950 que autorizó al gobierno para organizar la campaña sanitaria contra la fiebre aftosa, ordenar gastos y tomar medidas de carácter urgente y extraordinario aconsejables para impedir la inscripción de dicha epizootia y en el artículo 4° determinó que el gobierno verificaría las operaciones presupuestales necesarias para esos fines, y

Que con base en esas autorizaciones puede determinar si quiere a las erogaciones ocasionadas en la campaña contra la fiebre aftosa con anterioridad a la presente vigencia fiscal y le confiere al deuda porrazos de viáticos, transportes y material para la campaña de aftosa, se atiendan con imputación a las actuales apropiaciones para esos gastos,

DECRETA:

Artículo único. A la deuda por saldos anteriores a esta vigencia, proveniente de viáticos, transportes, material y elementos veterinarios de la Campaña contra la Fiebre Aftosa, se atenderá con imputación, en lo pertinente a los artículos 547, 549 y 550 del capítulo 48 el presupuesto del ministerio de agricultura.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de marzo de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELÁEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Agricultura, Camilo J. Cabal Cabal.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.