Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y Ministerio de Gobierno) por $ 46.843.000.00

Rango Decreto
Publicación 1978-05-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presiente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 99 del Decrete-ley 294 de 1973, el Gobierno podrá abrir créditos suplernental.es o extraordinarios en el Presupuesto de Gastos con la aprobación del Consejo de Ministros y el concepto previo y favorable del Consejo de Estarlo;

Que por medio de las Resoluciones números 0127 y 0178 Bis, el Ministerio de Gobierno, y el Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil; declararon sobrante y por lo tanto disponible para ser contracreditada la suma de $ 46.843.000.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley 294 de 1973 el Contralor General de la República expidió les Certificados números 02 y 03 por valor de $ 72.000.00 y $ 46 771.000 respectivamente, para amparar los créditos adicionales extraordinarios de que trata este Decreto:

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta

Artículo 1° Hacerse les siguientes contra-créditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978:

CONTRACREDITOS

Presupuesto de Funcionamiento

Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil.

CAPITULO I

Dirección Superior

Servicios Personales

Claves:

275-34-11-Articulo 363 Provisión Reforma 46.771.000

Ministerio de Gobierno

CAPITULO I

Dirección Superior.

Gastos Generales

121-36-12-Articulo 1012 Compra de .equipo 72.000
Suman los Contracréditos 46.843.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto cíe Gastos de la actual vigencia:

Presupuesto Funcionamiento

Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil

CAPITULO I

Dirección Superior

Servicios Personales

Claves:

275-08-ll-Articulo 356 Horas extras y días feriados 1.160.000
dos 33.151.000
--- ---
275-15-11-Aititulo 364 Prima de Alimentación 1.160.000
--- ---

Gastes Generales

275-35-12-Artirulo 305 Mantenimiento y aseguros 350.000
275-40-12-Articulo 370 Materiales y suministros 160.000
275-47-12-Articulo 373 Gastos varios imprevistos 290.000
275-60-12-Aiticulo 374-A Celaduría y vigilancia 1.000.000

Transferencias

353-73-22-Articulo 377-A Cajas de compensación l0.060.000

Ministerio de Gobierno

CAPITULO I

Dirección Superior

Servicios Personales

121-11-11-Articulo 10U8-A Prima Técnica 72.000 72.000
Suman les Créditos $ 46.843.000
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha-de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 2 de mayo de 1978.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito público.

Alfonso Palacio Rudas.

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