por el cual se abre un crédito al Presupuesto extraordinario vigente, adicional al abierto por el Decreto 258 del presente año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que por medio del Decreto número 258 de 1942 se abrió un crédito al Presupuesto extraordinario vigente por la suma de $ 6,257,20, para dar cumplimiento al contrato celebrado con la Tropical Oil Company sobre suministro de asfaltos líquidos destinados al plan de pavimentación de carreteras nacionales, y con base en el producto de los pagarés emitidos por el Ministerio de Hacienda, números 11 y 12, por igual cantidad; y
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha emitido pagarés con igual destinación, distinguidos con los números 13, 14 y 15, por las sumas de $ 6,030,53, $ 13,158,26 y $ 5,580,56, en total 22,769,35, cuya disponibilidad como nuevo recurso ha sido certificada por la Contraloría General de 1 República, según consta en la nota número 5082, de 7 de ,marzo corriente,
DECRETA:
Artículo 1° Con base en la suma de veintidós mil setecientos y nueve pesos con treinta y cinco centavos ($ 22,769,35),representada en los pagarés números 13, 14 y 15, expedidos a formar de la Tropical Oil Company en desarrollo del contrato sobre suministro y financiación de asfalto para la pavimentación de carreteras nacionales, de conformidad con las disposiciones de la ley 175 de 1938, ábrase el siguiente crédito al Presupuesto extraordinario vigente:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS.
Capítulo 108.
| Artículo 1531. Para dar cumplimiento al contrato celebrado con la Tropical Oil Company, que corre publicado en el Diario Oficial número 24602 del 3 de marzo de 1941, sobre suministro de asfaltos destinados al plan de pavimentación de carreteras nacionales | $ | 22,769,35 |
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| Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. | Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. | Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. |
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Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de marzo de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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