por el cual se crea un cargo
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1ºA partir del 1º de junio de 1989, créase, en el Consulado General de Colombia en Santiago Chile, el cargo de un (1) Auxiliar Administrativo 1 PA (local), con una asignación básica mensual de trescientos trece dólares con 81/100 (US$ 313.81).
Artículo 2º Las erogaciones que ocasione el presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 18 de abril de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcon Mantilla.
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