por el cual se modifica el artículo 18 del Dereto 26 de 1998
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 20 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º . Modifícase el artículo 18 del Decreto 26 de 1998, en el sentido de incluir a los Ministros entre los funcionarios mencionados en el inciso segundo.
Artículo 2º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníque se, publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 1999.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
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