Por el cual se transfiere al Municipio de Cartagena un bien de propiedad nacional
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando:
- 1° Que la Ley 5ª de 1940 (artículo 4°) facultó al Gobierno Nacional para adquirir el edificio colonial donde funciono el Tribunal de la Inquisición en Cartagena, el cual debe ser destinado a las fundación de un museo histórico, a las reuniones de la Academia de la Historia de esa ciudad y a los demás usos que determine el Gobierno;
- 2° Que el Gobierno Nacional adquirió ya dicho edificio; y
- 3° Que la Municipalidad de Cartagena ha Solicitado al Gobierno Nacional la entrega de dicho edificio para administrarlo y organizar en el servicios ordenados por la Ley 5ª de 1940.
decreta:
Artículo primero. Cédese el edificio comprado a los herederos de don Bartolomé Martínez Bossio, llamado Palacio de la Inquisición, al Municipio de Cartagena, a fin de que lo administre y le dé la destinación para la cual fue adquirido.
Artículo segundo En caso de que el Municipio de Cartagena no le dé la destinación legal al Edificio cedido, dentro de un tiempo prudencial el Gobierno Nacional podrá resumir su administración.
Parágrafo. El Gobierno de Bolívar, en representación del Gobierno Nacional, hará la entrega del mencionado edificio al Alcalde Municipal de Cartagena, con la intervención de un representante de la Contraloría General de la República, diligencia de la cual se levantara un acta.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de marzo de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Álvarez Restrepo-El Ministerio de Fomento Carlos Villaveces.
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