Por el cual se crea una comisión intersectorial

Rango Decreto
Publicación 1999-05-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 5
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política en concordancia con los artículos 32 y 45 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. Créase una comisión intersectorial para la redacción del proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, adscrita al Ministerio del Interior, integrada por:
Artículo 2º. En desarrollo del artículo 32 de la Ley 489 de 1998, serán invitados permanentes a las sesiones de la Comisión, los siguientes miembros de la Sociedad Civil:
Artículo 3º. La comisión a que se refiere el presente decreto deberá:
Artículo 4º. La Secretaria Técnica de la Comisión estará a cargo de la Dirección General Unidad Administrativa Especial para el Desarrollo Institucional de los Entes Territoriales del Ministerio del Interior.

El Presidente de la Comisión Intersectorial podrá invitar a las sesiones a los miembro del Gobierno y de la comunidad que considere convenientes.

Artículo 5º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquesey cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro del Interior,

Néstor Humberto Martínez Neira.

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