Que varía la residencia del Resguardo de Baudó y reorganiza su personal
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales.
decreta :
Art. 1.° Trasládese á Nuquí el Resguardo dependiente de la Aduana de Buenaventura, que ha venido prestando servicio en las bocas de Baudó.
Art. 2.° El personal de dicho Resguardo será en lo sucesivo:
Un Inspector Jefe, un Cabo. dos Remeros, un Piloto y cinco Guardas, que Ganarán sueldo igual á los de su categoría en dicha Aduana.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Bogotá, á 14 de Julio de 1905.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
pedro antonio MOLINA
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