Por el cual se hace una distribuciones en los Presupuestos de Gastos para la vigencia fiscal de 1969, (Ministerio de Educación Nacional), por $ 2.175.00

Rango Decreto
Publicación 1970-06-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 de las Leyes 35 de 1968 y 11 de 1969, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán de la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;

Que el Ministerio de Educación Nacional, propuso la distribución de la suma de $ 2.175.00, apropiada en el Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Educación Nacional de la vigencia de 1969, la cual se encuentra reservada en el Balance del Tesoro, y

Que la Dirección General del Presupuesto ha estudiado y encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales, la distribución propuesta,

decreta:

Artículo 1º Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1969:

Presupuesto de Funcionamiento.

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 281

Administración y Dirección.

Programa 317.

Educación Superior y normalista.

Subprograma 2. Formación y capacitación del Magisterio.

102, 317, 121. Artículo 2998-A. Prima Especial. (Decreto 2689 de 1969) mediante distribución por decreto $ 257.280.00
Que se distribuye parcialmente, así:
Ordinal 7. Normal de Señoritas de Bucaramanga $ 2.175.00
Total $ 2.175.00
Artículo 2° Este Decreta rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese.

Dado en Bogotá, D. E" a 20 de mayo, de 1970.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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