Por el cual se reforma el Decreto número 642 de 1912, sobre creación y organización de la Comisaría del Caquetá
El Presidente De La Republica De Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Los límites de la comisaria del Caquetá serán los siguientes: desde la cima de la cordillera de los andes por las altas vertientes del rio fragua, este, aguas abajo, hasta su desembocadura en el Caquetá, y de allí, los mismos fijados por el decreto número 642 de 1912, sobre creación de dicha comisaria.
Artículo 2°. Los límites de la comisaria del Putumayo serán los mismos que fijo el decreto que la creo, número 320, de fecha 7 de marzo del corriente año.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 19 de agosto de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
PEDRO M. CARREÑO
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