por el cual se deroga el marcado con el número 442 del presente año (6 de marzo), que señala la manera como debe pagarse el personal y material de la Inspección General de Correos y Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Comuníquese y publíquese.
Dada en Bogotá a 8 de mayo de 1916,
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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